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sábado, 16 de noviembre de 2013

LUZ VERDE A LA CUSTODIA COMPARTIDA


El Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de Ley que establece, para casos de nulidad, separación o divorcio, la custodia compartida de los hijos menores como fórmula habitual, en lugar de ser una medida excepcional como hasta ahora.
La norma otorga mucho más poder a los jueces, ya que prevé que sean ellos quienes determinen qué forma de guarda y custodia es la más conveniente en cada caso, siempre en interés del menor. Pero además, el juez será también el encargado de "regular los aspectos y el contenido de las relaciones parentales, sin que la custodia compartida implique necesariamente una alternancia de residencia de los hijos con los progenitores en periodos iguales", informó ayer el Ministerio de Justicia.
Eso sí, aseguran desde la cartera que el anteproyecto prevé que el juez pida informe al Ministerio Fiscal (que no tendrá carácter vinculante) y que estudie "las alegaciones de las partes, la opinión y deseos del menor y el dictamen de los expertos". Además, deberá tener en cuenta todos los "criterios relevantes para el bienestar del menor", como edad, o el arraigo social, escolar y familiar. Asimismo, los jueces deberán tener en cuenta la relación existente entre los progenitores y de estos con sus hijos, la voluntad de cada uno de ellos a la hora de asumir sus deberes y su posibilidad de conciliar vida familiar y laboral.

Plan de la patria potestad

Otra de las novedades del anteproyecto reside en que cuando uno de los padres presente una demanda de separación o divorcio, deberá acompañarla, para su incorporación al proceso, de "un plan de ejercicio de la patria potestad". En concreto, se trata de un instrumento a través del cual "concretar la forma en que los progenitores piensan ejercer sus responsabilidades parentales, en el que detallarán los compromisos que asumen respecto a la guarda y custodia, el cuidado y educación de los hijos y en el orden económico".
Por otra parte, el anteproyecto elimina el concepto de visitas para "subrayar la relevancia del contacto cotidiano y frecuente entre los progenitores y sus hijos".
Asimismo, incorpora la posibilidad de que los padres, de común acuerdo o por decisión del juez, acudan a la mediación familiar para resolver las discrepancias que puedan surgir de la ruptura. Pero además, prevé, por primera vez, de forma expresa, que no se otorgará la guarda y custodia al progenitor contra quien exista sentencia firme por un delito de violencia de género.
El texto modifica el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Registro Civil. El objetivo, según Justicia, "es conseguir un sistema legal sin las rigideces de la custodia monoparental".
Ya en junio de 2012, Ruiz Gallardón anunció su intención de que los jueces fueran quienes determinasen "el modo más eficaz de satisfacer la necesidad del menor de disponer de la presencia de sus progenitores". Señaló entonces que el actual modelo está " obsoleto" y afirmó que "la libertad y la igualdad debían sustituir al viejo modelo patriarcal".

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